Casi cuatro meses después de su entrada en funcionamiento, la
Junta Municipal del Distrito de Fuencarral-El Pardo todavía no ha comprobado la
legalidad de los accesos al aparcamiento de Telefónica en Las Tablas. El
concejal-presidente del distrito, José Antonio González de la Rosa (PP), ha tenido
hoy que dar explicaciones sobre el tiempo que están empleando los técnicos municipales
en la validación de las obras y la concesión de la licencia de paso de
vehículos, un proceso que el concejal califa de “normal”. En cualquier caso, De
la Rosa asegura que Telefónica “ya está pagando las tasas de vado”.
Vista del aparcamiento de Telefónica desde la entrada por la calle Santiso. /LTD |
Según de la Rosa, Telefónica ha solicitado licencia para los dos
accesos que ha construido en las calles Santiso y Sobrado. Tal y como marca la
normativa municipal, la construcción de ambos pasos de carruaje, realizados
directamente por la propia empresa, tienen que ser validados por los técnicos
municipales, que comprobarán si las obras realizadas cumplen los requisitos que
marca la ordenanza municipal. Durante su intervención en respuesta a una pregunta de UPyD en el pleno de la Junta
del distrito celebrado esta tarde, De la Rosa restó importancia al hecho de que
casi cuatro meses después de su entrada
en funcionamiento el aparcamiento de la multinacional de las comunicaciones
careciese todavía de la correspondiente licencia de aparcamiento. En su
opinión, “es un proceso normal que pasa con Telefónica y con cualquier vecino
de la ciudad de Madrid”. Según de la Rosa, a pesar de que los técnicos todavía
no han confirmado la legalidad de las obras de los dos pasos “Telefónica está pagando las tasas de vado”.
El aparcamiento de Telefónica, construido en un solar vacante de
uso residencial alquilado a la constructora aragonesa Ebrosa, tiene capacidad
para 500 vehículos. Desde su entrada en funcionamiento, tanto la entrada como
la salida de vehículos se realiza por un mismo acceso situado en la calle
Santiso. El aparcamiento, de uso exclusivo para los trabajadores de la
multinacional, cuenta con otro paso en la calle Sobrado, pero desde su construcción
permanece cerrado.
Las marcas que delimitan las plazas de aparcamiento han desaparecido en menos de tres meses. /LTD |
Zonas verdes como
aparcamiento
En este sentido, cabe recordar que durante años Telefónica utilizó
los terrenos donde se tenía previsto construir el denominado Parque Tecnológico-Científico de Las Tablas como aparcamiento para sus trabajadores.
Durante todo ese tiempo nunca exhibió la placa de licencia de vado en la
entrada del aparcamiento, tal y como marca las ordenanzas municipales. Actualmente,
y también desde hace años, continúa
utilizando determinadas zonas verdes alrededor de su sede en Las Tablas como
aparcamiento. Ninguna de estas zonas está señalizada como aparcamiento ni
cumplen la normativa en la materia. Desde la Junta Municipal o desde el Área de
Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid se ha tomado
medida alguna para corregir esta situación, a pesar del perjuicio económico que podría estar provocando a las arcas
municipales.
Cientos de vehículos aparcan desde hace años en las zonas verdes que rodean la sede de Telefónica. /LTD |
Errores de cálculo
Tal y como ha venido informando Las Tablas Digital, los problemas de aparcamiento del gigante de
las telecomunicaciones en su sede corporativa no solo afectan a los
propios trabajadores de la compañía sino
a los vecinos de Las Tablas y a determinadas calles del Parque Empresarial de
La Moraleja, en el municipio de Alcobendas. En una reciente entrevista con La
Tribuna de la Moraleja, el
propio concejal del distrito desveló que el número de plazas de aparcamiento en
la sede de Telefónica es de solo 2.500,
frente a las 6.000 anunciadas oficialmente. El concejal
también aseguró que el problema de aparcamiento se debe a los errores en el cálculo de utilización del
transporte público que una consultora
ofreció a la multinacional en el momento de trasladarse a Las Tablas. Al
parecer, la consultora realizó un “estudio de mercado” en el que se indicaba
que “por el perfil de sus trabajadores” el 60% de los empleados de Telefónica
acudiría a su puesto en transporte público y un 40% en vehículo privado. Con el
paso del tiempo la realidad es muy distinta. “Estos datos se han invertido totalmente y el total de coches es mayor
del que esperaban”, confiesa De la Rosa en la entrevista.
b) A los efectos del cómputo de los plazos de tramitación, se considerará iniciado el expediente en la fecha de entrada de la documentación completa en el registro del órgano competente para su tramitación.
Trámites a seguir según la normativa municipal
Según establece el artículo 10 de la actual ordenanza municipal
reguladora de paso de vehículos, el procedimiento para otorgar las autorizaciones debe cumplir los
siguientes trámites:
a) La solicitud, a la que se acompañará la
documentación prevista en el artículo 9 de la presente ordenanza, se presentará
en las oficinas de registro de los Distritos y Áreas que integran el Registro
General del Ayuntamiento de Madrid, sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
b) A los efectos del cómputo de los plazos de tramitación, se considerará iniciado el expediente en la fecha de entrada de la documentación completa en el registro del órgano competente para su tramitación.
c) Los
servicios dispondrán de un plazo de diez
días para examinar la solicitud y la documentación aportada y, en su caso
requerirán al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o
acompañe la documentación preceptiva, con indicación de que si así no lo
hiciere se le tendrá por desistido de su petición, en los términos previstos en
el artículo 42.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Una vez completada la
documentación, se emitirá informe técnico y jurídico que finalizará proponiendo
el otorgamiento o la denegación de la autorización.
d) La
resolución del órgano competente deberá producirse en un plazo no superior a un mes, contado desde el día siguiente a
la fecha en que se considere iniciado el expediente. Transcurrido el mismo sin
dictarse resolución expresa, los interesados podrán entender desestimadas sus
solicitudes.
Además de lo dispuesto en
el apartado anterior, cuando las autorizaciones del paso otorgadas por el
órgano competente impliquen la realización de obras cuya ejecución corresponda
al propio titular, deberá aportarse:
a) Con
carácter previo a la retirada de la autorización:
1º. Justificante de pago y
póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a
personas o cosas que pudieran producirse con motivo de la ejecución de la obra
objeto de la licencia, con una duración que comprenda tanto el período de
ejecución de las obras como el de garantía de las mismas y que cubra un importe
mínimo por siniestro de 300.000 euros sin franquicia.
2º. Carta de pago
acreditativa de haber depositado aval o su equivalente en metálico en la
Tesorería Municipal, por importe igual al coste de reparación de la acera,
calzada y equipamientos municipales a su estado original.
Cuando se trate de pasos
de vehículos provisionales el importe del aval o depósito será el doble, con el
objeto de garantizar, además, la supresión del paso una vez finalizada la causa
que justifique su construcción.
El coste de reparación
será el que, mediante la aplicación de los Cuadros de Precios vigentes en el
Ayuntamiento de Madrid, se obtenga a partir de las mediciones contenidas en el
proyecto presentado por el solicitante.
Estarán exentas de
constituir la garantía a que se refiere esta letra, las entidades que se
relacionan en el artículo 12 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, reguladora
del Régimen de la Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.
b) En el plazo de quince días a contar desde la
finalización de las obras, certificado final de obra donde se justifique
que aquellas se ajustan a la licencia otorgada y cumplen con las condiciones
establecidas en la presente ordenanza.
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